Alta de agentes y alta y modificación de unidades
Para participar en los mercados de OMIE es necesario darse de alta como agente de mercado y poseer una estructura de unidades. Para ello deben seguir los siguientes pasos:
- Hacerse sujeto del mercado, lo que debe tramitarse con el operador de mercado español o portugués según corresponda.
- Solicitar el alta en el web público de OMIE.
- Esta solicitud requerirá que el agente envíe información que deberá ser validada por los diferentes departamentos de OMIE.
- Solicitar, en función de su tipo de agente, la estructura de unidades necesaria. Una vez que todo el proceso esté completo, el agente podrá ofertar a mercado (siempre y cuando haya solicitado una unidad ofertante) a partir de la fecha de alta de la unidad ofertante.
Una unidad de programación podrá estar asociada como máximo a una unidad de oferta (UOF). Una unidad física (UFI) podrá estar asociada como máximo a una unidad de programación (UP). En el caso de unidades de régimen especial, una instalación de régimen especial podrá estar asociada como máximo a una unidad física (UFI), aunque una UFI puede tener asociadas más una instalación de régimen especial.
Una unidad ofertante (UOF) podrá tener asociada únicamente una unidad de programación (UP).
Todas las modificaciones se realizan a través de web privado de OMIE, desde el menú “Datos de Agentes”. Desde este menú se pueden crear y modificar unidades físicas y ofertantes. Por su fecha de entrada en vigor podemos clasificarlas de la siguiente manera:
- Modificaciones para el día 1 de cada mes: Para este día se programan todos los cambios que afectan a la asociación de instalaciones de régimen especial en España.
- Resto de modificaciones: Son cambios que se realizan a nivel de unidad de oferta, unidad de programación y unidad física que no afecten a las instalaciones de régimen especial asociadas (Unidades de compra y régimen ordinario son las más comunes). Este tipo de modificaciones estarán programadas para cualquier día laborable.
- Cambios de potencia: Este tipo de cambios se pueden recibir en cualquier momento y únicamente requiere la aceptación por parte OMIE. Se realizan por UOF o por UFI dependiendo del tipo de unidad. Se recibirá un aviso automático por correo siempre que llegue un cambio de este tipo.
Todas las modificaciones excepto los cambios de potencia deberán ser realizadas de forma coordinada con el operador del sistema correspondiente.
Para el código de agente lo máximo será 5 dígitos alfanuméricos. Para unidades de oferta o unidades físicas el máximo será de 7 dígitos alfanuméricos.
Si se debe a un cambio de representante, el representante antiguo no deberá hacer ningún trámite.
Comercializadores y consumidores directos sin representación, deberán realizar una solicitud de modificación de unidad ofertante introduciendo la fecha de baja indicada por el Operador de Sistema español o portugués según corresponda. La fecha de baja será igual al último día para el que la unidad desee adquirir energía.
Para el resto de unidades de representación, se deberá realizar la baja mediante una solicitud de modificación de unidades físicas introduciendo la fecha de baja indicada por el Operador de Sistema español o portugués según corresponda. La fecha de baja será igual al último día para el que la unidad desee adquirir energía. Si la baja de una unidad física conlleva una baja de unidad ofertante, ésta se realizará automáticamente por el sistema del operador del mercado.
En la web de mercado del operador del sistema en el apartado: Datos de Agentes > Solicitudes > Búsquedas de solicitudes – Ver.
En esta consulta se puede filtrar por agente o por número de solicitud. Se deberá marcar el “Tick” de solicitudes finalizadas para ver aquellas solicitudes que ya terminaron.
A su vez en la página principal en la esquina inferior derecha se podrán consultar las tareas pendientes que requieran alguna acción por parte del agente.
Se deberá introducir una solicitud de alta de unidad ofertante con las siguientes indicaciones:
- El código de la unidad de oferta deberá ser igual al de la unidad programada indicada por el Operador de Sistema español.
- El tipo de liquidación deberá ser titular.
- El tipo de unidad deberá ser comercializador o consumidor directo según corresponda.
No será necesario introducir ninguna solicitud adicional de alta de unidad física.
En primer lugar, se deberá introducir una solicitud de alta de unidad ofertante con las siguientes indicaciones:
- El código de la unidad de oferta deberá terminar en -RMXX en el caso de unidades de oferta de representación de comercializadores o -RCXX en el caso de unidades de oferta de representación de consumidores directos. Siendo XX un contador, por ejemplo: 01,02,03, etc. Los primeros 3 dígitos deberán ser un identificador del código del agente representante.
- El tipo de liquidación deberá ser conjunta (en caso de querer liquidar al representante) o individual (en caso de querer liquidar al representado). En caso de tener liquidación individual, cada unidad ofertante del representante solo podrá asociarse a unidades físicas de un mismo representado.
- El tipo de unidad deberá ser representante de comercializadores o representante de consumidor directo según corresponda.
- El agente asociado deberá ser el representante.
- La potencia máxima de la unidad de oferta será la suma de la potencia de las unidades físicas que agrupe.
Una vez OMIE haya validado el código de la unidad ofertante, se deberá introducir una solicitud de alta de unidad física con las siguientes indicaciones:
- El código de la unidad física deberá estar reservado en la oficina EIC en el operador del sistema correspondiente.
- El agente titular deberá ser el agente representado.
- El tipo de combustible deberá ser CCD (compras consumo directo) o CCM (compras comercialización) según corresponda para clientes cualificados y comercializadoras, respectivamente.
- La unidad de programación deberá ser la indicada por el Operador de Sistema español o portugués según corresponda.
- La potencia especificada será la que aplique para la unidad de oferta.
En primer lugar, si la unidad de oferta no existe aún, se deberá dar de alta siguiendo las siguientes indicaciones:
- El código de la unidad de oferta deberá terminar en -REXX o -VDXX. Siendo XX un contador, por ejemplo: 01,02,03, etc. Los primeros 3 ó 4 dígitos deberán ser un identificador del código del agente representante.
- El tipo de liquidación deberá ser conjunta (en caso de querer liquidar al representante) o individual (en caso de querer liquidar al representado). En caso de tener liquidación individual, cada unidad ofertante del representante solo podrá asociarse a unidades físicas de un mismo representado.
- El tipo de unidad deberá ser “Agente Vendedor Reg. especial”.
- El agente asociado deberá ser el representante.
- La potencia máxima no es vinculante ya que la potencia de la unidad de oferta será la suma de la potencia de las unidades físicas que agrupe.
Una vez OMIE haya validado el código de la unidad ofertante, se deberá introducir una solicitud de alta de unidad física con las siguientes indicaciones:
- El agente titular deberá ser el agente representado o dejarse vacío en caso de que el representado no sea agente de mercado.
- El tipo de combustible deberá ser el correcto según la tecnología de las instalaciones que agrupe:
REO - RE Mercado Eólica
RGE - RE Mercado Geotérmica
RHG - RE Mercado Hidráulica
RMR - RE Mercado Térmica Renovable
RMT - RE Mercado Térmica no Renovable
RSF - RE Mercado Solar Fotovoltaica
RST- RE Mercado Solar Térmica
- La unidad de programación deberá ser la indicada por el Operador de Sistema español.
- La potencia máxima se calcula automáticamente al añadir a la unidad física las instalaciones que van a darse de alta.
Para las unidades de comercialización y de consumidores directos se deberá introducir una solicitud de modificación de unidad de oferta indicando la nueva potencia deseada. La fecha de entrada en vigor deberá ser como mínimo la del día en curso.
Para las unidades de representación de comercialización y de representación de consumidores directos se deberá introducir una solicitud de modificación de unidad física indicando la nueva potencia deseada. Al realizar este cambio, la potencia de la unidad ofertante en cuestión se actualizará automáticamente. La fecha de entrada en vigor deberá ser como mínimo la del día en curso.
Dependiendo del caso, se deben realizar los siguientes pasos:
- En caso de querer mover una unidad física ya existente, se deberá modificar la unidad física en cuestión asociándola a la nueva unidad oferta y unidad de programación. En caso de que la unidad física tenga asociado un agente titular se deberá hacer la solicitud una vez se haya aceptado la solicitud de representación.
- En caso de que la unidad física no tenga asociado un agente titular se deberá hacer por representación de unidades físicas no visibles.
- Para empezar a representar instalaciones asociándolas a unidades físicas ya existentes, bastará con introducir una solicitud de modificación de unidad física añadiendo las instalaciones pertinentes.
Se deberá introducir una solicitud de alta de unidad ofertante con las siguientes indicaciones:
- El código de la unidad de oferta deberá ser igual al de la unidad programada indicada por el Operador de Sistema portugués.
- El tipo de liquidación deberá ser titular.
- El tipo de unidad deberá ser comercializador.
No será necesario introducir ninguna solicitud adicional de alta de unidad física.
Los agentes de mercado deberán solicitar en OMIE la creación de tantas unidades ofertantes como unidades de programación de generación hayan solicitado en el operador del sistema portugués. La unidad ofertante y la unidad de programación deberán tener el mismo código y la relación deberá ser uno a uno.
Para ello deberán introducir una solicitud a través de: Datos de agentes > Unidades > Unidades ofertantes: Nueva.
Se deberá rellenar el formulario con las siguientes precisiones:
Código de unidad ofertante: Deberá ser el mismo que el de unidad de programación asociado en el operador del sistema portugués.
Tipo Unidad Ofertante: RE tarifa (Repres.)
Tipo liquidación: Conjunta
ID tecnología 1: RE
ID tecnología 2: AUR
La aceptación de la solicitud se realizará de manera coordinada con el operador del sistema portugués para la primera fecha disponible cuando la solicitud haya sido validada correctamente en OMIE.
En caso de ya contar con una unidad de ofertante y querer añadir instalaciones a la misma, se deberá solicitar una unidad física en el operador del sistema portugués por cada instalación. Una vez se cuente ya con el código de unidad física, se deberá insertar en OMIE una solicitud a través de: Datos de agentes > Unidades > Unidades físicas: Nueva.
Se deberá rellenar el formulario con las siguientes precisiones:
Código de Unidad: Deberá ser el mismo que el de unidad física acordada en el operador del sistema portugués.
Agente titular: En caso de que el propietario de la instalación no sea agente de mercado se deberá dejar vacío.
Tipo de combustible: Deberá ser RCU.
UOF/UP relacionadas: la unidad de oferta y programación a la que irá asociada la instalación.
Potencia Máxima (MW): deberá ser igual a la indicada por el operador del sistema portugués.
La aceptación de la solicitud se realizará de manera coordinada con el operador del sistema portugués para la primera fecha disponible cuando la solicitud haya sido validada correctamente en OMIE.
Las instalaciones renovables inferiores a 1 MW de potencia no requieren la creación de una unidad física por cada instalación. El agente podrá solicitar una unidad física de agregación por cada tecnología con la que podrá disponer de la potencia agregada de todas las instalaciones que tenga asociada a una unidad de programación con potencia inferior a 1MW.
Para crear una unidad física de agregación se deberá introducir una solicitud a través de: Datos de agentes > Unidades > Unidades físicas: Nueva.
Se deberá rellenar el formulario con las siguientes precisiones:
Código de Unidad: Es un código de 7 caracteres que deberá estar conformado por la unión de los siguientes prefijos atendiendo a la tecnología de la unidad agregadora seguida por el código de agente representante:
S-: Solar térmica.
E-: Eólica.
F-: Solar fotovoltaica.
H-: Minihidráulica.
T-: Térmica no renovable: Cogeneración y residuos.
R-: Térmica renovable: Biomasa y biogás.
Por ejemplo, para el agente “OMIE” su unidad física portuguesa agregadora fotovoltaica en Portugal para instalaciones inferiores a 1 MW tendrá el código “F-OMIE”.
Agente titular: Se puede dejar vacío o bien puede ser el agente representante.
Tipo de combustible: Deberá ser RCU.
UOF/UP relacionadas: la unidad de oferta y programación a la que irá asociada la instalación.
Potencia Máxima (MW): deberá ser igual o inferior a la indicada por el operador del sistema portugués. Este valor se calcula como la suma de la potencia instalada de todas las instalaciones que un agente representa de una determinada tecnología con valor inferior a 1MW. Se podrá redondear al valor de 1 decimal inmediatamente superior.
Para dar de alta las unidades agregadoras no se requerirá coordinación con el operador del sistema portugués.
Los agentes podrán incrementar o disminuir el valor de potencia máxima de sus unidades físicas agregadoras introduciendo una solicitud de modificación de unidad física a través de: Datos de agentes > Unidades > Unidades físicas: Modificar. En esta solicitud deberán modificar el valor Potencia Máxima (MW) al valor que requieran.
OMIE validará que la solicitud de potencia agregada realizada por el agente es siempre inferior o igual al valor de potencia máxima actualizado e intercambiado entre el operador del sistema portugués y OMIE para cada unidad agregadora. Este valor se calcula como la suma de la potencia instalada de todas las instalaciones que un agente representa de una determinada tecnología con valor inferior a 1MW. Se podrá redondear al valor de 1 decimal inmediatamente superior.