Liquidaciones

El Operador del Mercado (OMIE), de acuerdo con sus funciones como gestor económico del mercado diario e intradiario de producción, es el encargado de realizar la liquidación de los programas resultantes de los procesos de casación de los mercados diario e intradiarios, actuando en calidad de contraparte central entre compradores y vendedores. Asimismo OMIE realiza la liquidación de los intercambios transfronterizos resultantes en la interconexión entre España y Francia resultado de los procesos de acoplamiento de mercado diarios e intradiarios con los operadores del mercado vecinos, de acuerdo con los contratos suscritos.


Tras cada sesión de subastas de mercado diario e intradiario y tras cada ronda de negociación del mercado intradiario continuo procede a liquidar las transacciones casadas y a actualizar dicha información en el web de agentes.


La liquidación diaria incluye todas las transacciones correspondientes al mercado diario, al mercado intradiario por sesiones y al mercado intradiario continuo para un mismo día de entrega. El resultado de la liquidación diaria se publica el siguiente día hábil junto con las facturas de compra y de venta correspondientes. 


Para mayor detalle del proceso de liquidación, pulse en el siguiente enlace: Liquidaciones

Facturación

Las facturas del operador del mercado incluyen los correspondientes impuestos: I.V.A. (de acuerdo con las reglas que aplican a las entregas de electricidad) y en el caso de los consumidores directos, o sus representantes, cuando el consumo está en territorio español, el impuesto especial sobre la electricidad que les corresponde.


La factura es expedida de forma electrónica, utilizando una firma electrónica avanzada del operador del mercado y se publica en formato XML en el Sistema de Información del Operador del Mercado.


Para mayor detalle del proceso de facturación pulse en el siguiente enlace: Facturación

Cobros y pagos

Los cobros y pagos son semanales: las facturas de una semana natural, de lunes a domingo, de un agente, se integran en la nota de abono o cargo semanal del agente. Estas notas se publican en formato electrónico en el web de agentes el primer día hábil de la siguiente semana 


Si el agente es deudor, el pago debe estar antes de las 10h del día de pagos en la cuenta bancaria del operador del mercado. El día de pagos tiene lugar dos días hábiles posteriores al día de publicación de la nota de cargo y abono. Si un agente incumple el pago, el operador del mercado inicia el proceso de ejecución de sus garantías.


Los agentes acreedores, una vez recibidos todos los pagos, reciben su cobro el siguiente día hábil bancario posterior a la fecha de pagos. En el caso de que se hubiesen recibido todos los pagos de los agentes deudores o se disponga de garantías en efectivo para cubrir el pago de los agentes incumplidores, los cobros se realizarán el propio día de pagos.


Para mayor detalle del proceso de cobros y pagos, pulse en el siguiente enlace: Cobros y pagos

Gestión del riesgo

Para poder comprar en el mercado de producción, el agente tiene que haber prestado una garantía que le servirá para responder de las obligaciones que asuma en virtud de sus adquisiciones a precio positivo o sus ventas a precio negativo.

La falta de prestación de esta garantía impedirá al agente intervenir en el mercado de producción, de modo que su oferta de compra a precio positivo o su oferta de venta a precio negativo será rechazada.

Los agentes disponen de un simulador para facilitarles la estimación de las garantías de pago a aportar a favor del operador del mercado, en función de la previsión de las transacciones a realizar en el mercado de electricidad y de una estimación de precios basado en precios históricos.

Para mayor detalle de este proceso pulse en el siguiente enlace: Garantías de pago

Precio final medio

El operador del mercado calcula y publica el precio final medio del mercado de producción de energía eléctrica así como las componentes del precio final. Los precios y componentes se publican para:

  • el total de la demanda nacional 
  • para los clientes suministrados por comercializadores de referencia (CR)
  • para los clientes suministrados por comercializadoras (a excepción de los CR) y consumidores directos. 

En el cálculo de dichos precios se incorporan los distintos segmentos de mercado o procesos de operación técnica del sistema (mercado diario, restricciones técnicas, mercado intradiario, procesos de operación técnica del sistema, pagos por capacidad, etc…).

La publicación de los precios finales en sus distintos ámbitos está disponible en el apartado ‘Precio Final Medio’ de la sección ‘Resultados de Mercado’.

Retribución de OMIE

La retribución del operador del mercado de cada año se establece en la correspondiente Orden Ministerial en la que se determinen los cargos del sistema eléctrico para dicho año. En dicha normativa se establece que dicha retribución:

- Se financiará con los precios que cobre el operador del mercado a los agentes del mercado de producción, tanto a los generadores como a los comercializadores y consumidores directos en mercado, que actúen en el ámbito del Mercado Ibérico de la Electricidad.

- Será asumida a partes iguales por el conjunto de los productores de energía eléctrica por un lado, y por el conjunto de los comercializadores y consumidores directos en mercado por otro.

Para mayor detalle sobre este tema, pulse en el siguiente enlace: Retribución de OMIE

El Operador del Mercado (OMIE), de acuerdo con sus funciones como gestor económico del mercado diario e intradiario de producción, es el encargado de realizar la liquidación de los programas resultantes de los procesos de casación de los mercados diario e intradiarios, actuando en calidad de contraparte central entre compradores y vendedores. Asimismo OMIE realiza la liquidación de los intercambios transfronterizos resultantes en la interconexión entre España y Francia resultado de los procesos de acoplamiento de mercado diarios e intradiarios con los operadores del mercado vecinos, de acuerdo con los contratos suscritos.


Tras cada sesión de subastas de mercado diario e intradiario y tras cada ronda de negociación del mercado intradiario continuo procede a liquidar las transacciones casadas y a actualizar dicha información en el web de agentes.


La liquidación diaria incluye todas las transacciones correspondientes al mercado diario, al mercado intradiario por sesiones y al mercado intradiario continuo para un mismo día de entrega. El resultado de la liquidación diaria se publica el siguiente día hábil junto con las facturas de compra y de venta correspondientes. 


Para mayor detalle del proceso de liquidación, pulse en el siguiente enlace: Liquidaciones

Las facturas del operador del mercado incluyen los correspondientes impuestos: I.V.A. (de acuerdo con las reglas que aplican a las entregas de electricidad) y en el caso de los consumidores directos, o sus representantes, cuando el consumo está en territorio español, el impuesto especial sobre la electricidad que les corresponde.


La factura es expedida de forma electrónica, utilizando una firma electrónica avanzada del operador del mercado y se publica en formato XML en el Sistema de Información del Operador del Mercado.


Para mayor detalle del proceso de facturación pulse en el siguiente enlace: Facturación

Los cobros y pagos son semanales: las facturas de una semana natural, de lunes a domingo, de un agente, se integran en la nota de abono o cargo semanal del agente. Estas notas se publican en formato electrónico en el web de agentes el primer día hábil de la siguiente semana 


Si el agente es deudor, el pago debe estar antes de las 10h del día de pagos en la cuenta bancaria del operador del mercado. El día de pagos tiene lugar dos días hábiles posteriores al día de publicación de la nota de cargo y abono. Si un agente incumple el pago, el operador del mercado inicia el proceso de ejecución de sus garantías.


Los agentes acreedores, una vez recibidos todos los pagos, reciben su cobro el siguiente día hábil bancario posterior a la fecha de pagos. En el caso de que se hubiesen recibido todos los pagos de los agentes deudores o se disponga de garantías en efectivo para cubrir el pago de los agentes incumplidores, los cobros se realizarán el propio día de pagos.


Para mayor detalle del proceso de cobros y pagos, pulse en el siguiente enlace: Cobros y pagos

Para poder comprar en el mercado de producción, el agente tiene que haber prestado una garantía que le servirá para responder de las obligaciones que asuma en virtud de sus adquisiciones a precio positivo o sus ventas a precio negativo.

La falta de prestación de esta garantía impedirá al agente intervenir en el mercado de producción, de modo que su oferta de compra a precio positivo o su oferta de venta a precio negativo será rechazada.

Los agentes disponen de un simulador para facilitarles la estimación de las garantías de pago a aportar a favor del operador del mercado, en función de la previsión de las transacciones a realizar en el mercado de electricidad y de una estimación de precios basado en precios históricos.

Para mayor detalle de este proceso pulse en el siguiente enlace: Garantías de pago

El operador del mercado calcula y publica el precio final medio del mercado de producción de energía eléctrica así como las componentes del precio final. Los precios y componentes se publican para:

  • el total de la demanda nacional 
  • para los clientes suministrados por comercializadores de referencia (CR)
  • para los clientes suministrados por comercializadoras (a excepción de los CR) y consumidores directos. 

En el cálculo de dichos precios se incorporan los distintos segmentos de mercado o procesos de operación técnica del sistema (mercado diario, restricciones técnicas, mercado intradiario, procesos de operación técnica del sistema, pagos por capacidad, etc…).

La publicación de los precios finales en sus distintos ámbitos está disponible en el apartado ‘Precio Final Medio’ de la sección ‘Resultados de Mercado’.

La retribución del operador del mercado de cada año se establece en la correspondiente Orden Ministerial en la que se determinen los cargos del sistema eléctrico para dicho año. En dicha normativa se establece que dicha retribución:

- Se financiará con los precios que cobre el operador del mercado a los agentes del mercado de producción, tanto a los generadores como a los comercializadores y consumidores directos en mercado, que actúen en el ámbito del Mercado Ibérico de la Electricidad.

- Será asumida a partes iguales por el conjunto de los productores de energía eléctrica por un lado, y por el conjunto de los comercializadores y consumidores directos en mercado por otro.

Para mayor detalle sobre este tema, pulse en el siguiente enlace: Retribución de OMIE